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DEL SITUADO FISCAL AL SGP


Como se recordará la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 expidió una nueva Constitución Política y en ella, además de reconocer la existencia de las regiones dispuso que estas son autónomas “para la gestión de sus intereses” (artículo 287), lo cual constituyó un gran avance con relación al principio de la descentralización consagrado en la vetusta Constitución de 1886, que desde entonces dejó de regir. Tanto la descentralización como la autonomía tocan con los recursos y competencias de las entidades territoriales.

La Comisión de regulación de energía y gas (CREG) está llamada a ser el alma y nervio de este sector, es la entidad rectora en todo lo concerniente a la regulación, estableciendo las normas a las cuales debe sujetarse y velar por su cumplimiento. Está integrada por 9 miembros: el Ministro de Minas y Energía, quien la preside, el Ministro de Hacienda y el Director del DNP, por parte del ejecutivo y 6 expertos comisionados designados por la Presidencia de la República. 

TOMASA MARÍA JULIO NÚÑEZ (DICIEMBRE 20/65 – JULIO 8/24)

Nos invade la tristeza y la aflicción en la familia Acosta Restrepo de la cual ella hacía parte integral, la infausta noticia con la que amanecimos hoy del deceso de Tomasita, quien por décadas compartió nuestras vidas y fue la segunda madre para nuestros hijos, Camilo Ernesto y Juan David. Desde su Lorica del Alma, la que la vio nacer y morir, partió para Bogota para retornar, en su afán de compartir sus últimos años con los suyos el año pasado.

En mi concepto el Gobierno Nacional persiste en incumplir las leyes 142 y 143 de 1994, las cuales disponen que el Presidente de la República debe nombrar en propiedad y con período fijo de 4 años, con dedicación exclusiva a los 6 expertos comisionados que hacen parte de la CREG, la cual, aunque adscrita al Ministerio de Minas y Energía, goza de independencia administrativa, la Sentencia de la Corte Constitucional que lo reiteró, así como la orden impartida por el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca el 25 de enero para nombrarlos, fijándole un plazo perentorio de 30 días hábiles, apelada por el Departamento administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) pero confirmada por el Consejo de Estado el 2 de mayo .

La Comisión de regulación de energía y gas (CREG) está llamada a ser el alma y nervio de este sector, es la entidad rectora en todo lo concerniente a la regulación, estableciendo las normas a las cuales debe sujetarse y velar por su cumplimiento. Está integrada por 9 miembros: el Ministro de Minas y Energía, quien la preside, el Ministro de Hacienda y el Director del DNP, por parte del ejecutivo y 6 expertos comisionados designados por la Presidencia de la República. 

En su primera Cumbre del 2024 de la Federación Nacional de Departamentos, que dirige el ex gobernador Didier Tavera, los 32 gobernadores se hicieron eco del clamor de las regiones en demanda del cabal cumplimiento de la autonomía territorial “para la gestión de sus intereses” prescrito por la Constitución Política en sus artículos 1º y 287.

Cómo se recordará en octubre del año pasado XM, la empresa que administra el mercado mayorista, alertó sobre el riesgo del efecto dominó que podía derivar en una crisis sistémica que comprometiera la prestación del servicio de energía, debido a la insolvencia que podían enfrentar 36 comercializadoras a consecuencia de la abultada deuda contraída con ella por parte de sus usuarios por cuenta de la aplicación de la opción tarifaria que se aplicó a raíz de la pandemia, como alivio temporal, difiriendo las alzas tarifarias.