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Ante la crisis actual de la agroindustria del etanol, en este momento en grave predicamento, me veo precisado a salir en su defensa. Empecemos por definir a los biocombustibles como el componente renovable en la mezcla de un porcentaje de etanol con la gasolina y un porcentaje de biodiésel con el diésel, en la actualidad ambos al 10%, contribuyendo a la seguridad energética del país, a mejorar el medioambiente e impulsar al sector agrícola, al punto que representan el 0.4% del PIB nacional y el 5.6% del PIB agrícola!

“Prefiero tener vagamente la razón que estar equivocado con precisión” J. M Keynes

Al decir de José Manuel Marroquín en su poema La Perrilla, “es flaca sobre manera toda humana previsión, pues en más de una ocasión sale lo que no se espera”. Pues bien, ante la falta de consenso en la Mesa de concertación, tal como lo prevé la Ley 278 de 1996, contra todo pronóstico, el Presidente Gustavo Petro, mediante el Decreto 1469, expedido el pasado 29 de diciembre, reajustó el Salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026 el 23.8%, el máximo desde 1993 que fue del 25%, superando con creces el rango en el que se movieron las propuestas de los empleadores, del 7.21% y de las centrales obreras, del 16%. Se fijó, entonces, en Para ello adujo el Presidente Petro que “el salario mínimo vital debe ser un salario vital familiar, que permita vivir con dignidad y no sólo sobrevivir”. 

Como se recordará, esta vez, a diferencia de lo acaecido en 2024, el Congreso de la República aprobó el proyecto de ley del Presupuesto General de la Nación (PGN) para la vigencia de 2026, evitando así el decretazo con el que amenazaba el ejecutivo para su expedición, como ocurrió con el PGN de la actual vigencia. El monto original propuesto por el Ministro de Hacienda Germán Ávila fue de $556.9 billones, pero al final se aprobó por parte del Congreso $546.9 billones, luego de que el Ministro Ávila, ante su reticencia, accediera a reducirlo en $10 billones. De esta manera, el desfinanciamiento del presupuesto calculado en $26.3 billones, aunque para el Comité independiente de la Regla fiscal (CIRF) superaba los $40 billones, se tornaba en los $16.3 billones.

LOS SERVICIOS PÚBLICOS COMO FINALIDAD SOCIAL DEL ESTADO

Empiezo por dejar sentada como una premisa a tener en cuenta como contexto tanto para el análisis del proyecto de la referencia como para mis acotaciones. La primera de ellas, es que hay que partir de lo establecido en el artículo 365 de la Constitución Política: “los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares. En todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios”. 

¡No se puede pretender sacrificar a la iguana y que esta siga poniendo huevos!

ENTRE LA PROSA Y LA POESÍA
Estábamos acostumbrados a que los aspirantes a gobernar a Colombia hicieran campaña en poesía, pero gobernaran en prosa. El Presidente Gustavo Petro rompió con ese paradigma: él hizo su campaña en poesía y se ha empeñado en gobernar en verso, así le toque, como en la época de los presidentes gramáticos, entre los que se destacaron Núñez, Caro, Marroquín, Suárez y Miguel Abadía Méndez, sacrificar un mundo para pulir un verso .