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RECETANDO PLACEBOS

Cómo se recordará en octubre del año pasado XM, la empresa que administra el mercado mayorista, alertó sobre el riesgo del efecto dominó que podía derivar en una crisis sistémica que comprometiera la prestación del servicio de energía, debido a la insolvencia que podían enfrentar 36 comercializadoras a consecuencia de la abultada deuda contraída con ella por parte de sus usuarios por cuenta de la aplicación de la opción tarifaria que se aplicó a raíz de la pandemia, como alivio temporal, difiriendo las alzas tarifarias.

En su momento planteamos que así como las comercializadoras le aplicaban la opción tarifaria a sus usuarios otro tanto se debía permitir a las comercializadoras por parte de las generadoras para repartir la carga financiera que la misma comporta. Se habló entonces del riesgo de un apagón financiero.

Solo cuando una de ellas, Air- e, entró en crisis por su insolvencia y estuvo a punto de enfrentar una limitación de suministro que conduciría a su intervención por parte de la Superintendencia de servicio públicos domiciliarios se pellizcó el Ministro de Minas y Energía Andrés Camacho y expidió una Resolución permitiendo diferir hasta el 20% de las obligaciones mensuales con los generadores, pero solo hasta el pasado 31 de diciembre.

Pero esta medida no pasaba de ser un placebo, no un remedio. Ante la insuficiencia de la medida se recetó por parte del Ministerio otro placebo, autorizando a FINDETER para que abriera una línea de crédito por un monto de solo $1 billón cuando la deuda por la opción tarifaria sobrepasaba los $5 billones, a la cual se vino a añadir la deuda del Gobierno por concepto de reconocimiento de los subsidios aplicados por las comercializadoras a sus usuarios de los estratos 1, 2 y 3 que asciende a $1.5 billones más $1 billón que le adeudan los usuarios oficiales y constitucionalmente protegidos, que sumados ascienden a $7.5 billones.

Aquí hagamos una digresión a propósito de la morosidad de las entidades públicas para decir que, según reza el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019, “el incumplimiento por parte de cualquier entidad estatal de sus deberes como usuarios de servicios públicos, especialmente en lo relativo a la incorporación en los respectivos presupuestos de apropiaciones suficientes y al pago efectivo de los servicios utilizados, es causal de mala conducta para sus representantes legales y los funcionarios responsables, sancionable con destitución”. Por su parte el entonces Procurador General de la Nación Edgardo Maya expidió la Circular 048 del 11 de septiembre de 2008, con base en el artículo 12 de la Ley 142 de 1994, notificándoles a los alcaldes y gobernadores que el incumplimiento de dicha disposición es una “falta gravísima”. Huelga decir que las autoridades deben predicar con el ejemplo.

Ante el requerimiento de las empresas, el Congreso de la República, que en ese momento tramitaba el proyecto de presupuesto, aprobó ampliar el cupo de crédito en FINDETER hasta la concurrencia del valor total de la deuda por concepto de la opción tarifaria. Sin embargo, hasta el momento solo se han desembolsado $450.000 millones del billón inicialmente autorizado y más recientemente se autorizó ampliar el cupo de crédito en otro billón más. Así, a cuentagotas es como vienen fluyendo los recursos del crédito con el que se busca solventar la angustiante situación que afrontan las comercializadoras.

Ello ha llevado a las comercializadoras a poner nuevamente el grito en el cielo: “si no tenemos oxígeno (liquidez), las empresas se podrán ver en aprietos" exclamó el director ejecutivo de ASOCODIS José Camilo Manzur. Y ello, en medio de los avatares, incertidumbres y la inclemencia de un fenómeno de El Niño fuerte, que está poniendo a prueba la fortaleza de todos los eslabones de la cadena del Sistema eléctrico. Uno de ellos que falle y estaremos en problemas para sortear esta contingencia.

Y, como afirma el Gerente general de Air-e Santiago Posso, “la línea de crédito desembolsada por Findeter ha brindado un alivio temporal por un corto plazo. Sin embargo, es evidente que se requieren medidas regulatorias más sólidas y una mayor disponibilidad financiera para afrontar esta situación a largo plazo en medio de un fenómeno de El Niño como el que actualmente atraviesa el país", que es retador.

También se solicita por parte de ASOCODIS que, además del giro inmediato del pago pendiente del monto de los subsidios por parte del Ministerio de Hacienda,  se dé la pronta intervención de la Procuraduría, “para que tome acciones ejemplarizantes y disciplinarias contra las cabezas de las entidades estatales que tienen millonarias deudas por el no pago del servicio de energía eléctrica, pese a que por ley deben apropiar los respectivos recursos en sus presupuestos”. Para luego es tarde!

Piden, además, que “se prorrogue la norma que permite diferir hasta el 20% de las obligaciones mensuales de pago por transacciones en el Mercado de Energía Mayorista, ya que perdió su vigencia el pasado 31 de diciembre”. Y, de contera, le urgen al Gobierno el giro de los subsidios en mora.

Hasta ahora el único paso que ha dado el Gobierno es la expedición por parte de la CREG de una Resolución autorizando a las comercializadoras para que empiecen, a partir de este mes de enero, en el transcurso de los próximos diez años, cobrar a los usuarios el monto adeudado por concepto de la opción tarifaria, que debe marchar concomitantemente con el acceso al financiamiento de las empresas comercializadores, para evitar una crisis de insolvencia que les dificulte el flujo de caja.

 

Cota, febrero 17 de 2024

www.amylkaracosta.net

 

[1] Miembro de Número de la ACCE

Amylkar Acosta Medina

Amylkar David Acosta Medina1​ ( Monguí, La Guajira 1950) es un economista y político colombiano miembro del Partido Liberal. Se desempeñó como senador de la República2​ y entre 1997 y 1998 fue presidente del Senado. En el gobierno de Juan Manuel Santos fue ministro de Minas y Energía.