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LAS TARIFAS DE ENERGÍA AL ALZA

ANTECEDENTES
La Comisión de regulación de energía y gas (CREG) levantó una polvareda con la expedición el 18 de diciembre pasado, para comentarios hasta el 15 de este mes, de la Resolución 701 028, mediante la cual “se adoptan reglas transitorias en el precio de bolsa del Mercado de energía mayorista durante el período del Fenómeno de El Niño”, asumiendo que este se prolongará hasta el mes de abril, cuando según la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica (NOAA, por sus siglas en inglés) se podría prolongar hasta el mes de junio.

Como antecedente es muy importante recordar que el Presidente Gustavo Petro anunció en la clausura del XXIV Congreso de ANDESCO en septiembre de 2022 la intervención de la CREG y asumir sus funciones en respuesta al brote alcista de las tarifas de energía que venía despertando protestas e inconformidad entre los usuarios de este servicio tan esencial . 

Según manifestó el Presidente Petro “si no se anuncia un porcentaje de reducción significativa en las tarifas de energía por parte de las empresas, el Gobierno tomará medidas más radicales…Si vemos que no hay voluntad suficiente de estas empresas, otras decisiones serán tomadas” . A renglón seguido la Ministra de Minas y Energía Irene Vélez anunció al país que “cumpliendo con lo que el Presidente Gustavo Petro dijo hace ocho días, hoy anunciamos al país que antes de finalizar el año los colombianos verán una reducción en su tarifa de energía” . 

De la amenaza se pasó a la concertación con las empresas auspiciada por la Ministra de Minas y Energía Irene Vélez, dando lugar al denominado Pacto por la Justicia tarifaria, tendiente a reducir las tarifas, que se firmó en Medellín en la sede principal de ISAGEN, el cual destacó la Ministra como algo “inédito”. Al final dicho Pacto fue un fiasco total, la rebaja no superó los 4 puntos porcentuales, atribuible en gran medida a la suspensión temporal del cobro de la deuda de los usuarios por concepto de la opción tarifaria que ya supera los $5 billones . Concluyó el año 2022 con un alza de la tarifa del 22.4% en promedio a nivel nacional y en la región Caribe entre 26.28% y 37.19%, en contraste con el 13.12% del Índice de precios al consumidor (IPC). De poco sirvió el tal Pacto por la Justicia tarifaria. 

El Presidente Petro volvió a la carga y expidió el Decreto 0227 fechado el 16 de febrero de 2023, a través del cual “se reasumen algunas de las funciones presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios”. A poco andar el Consejo de Estado suspendió como medida cautelar los efectos del mismo por considerar que tales funciones, especialmente las atinentes al régimen tarifario, están sometidas a reserva legal, habida cuenta que Las leyes 142 y 143 de 1994 se las atribuyó a la Comisión de regulación de energía y gas (CREG). 

EL ZAPEROCO DE LA CREG
Después del fallido intento por parte del ejecutivo de arrogarse las funciones propias de la CREG, el mismo Consejo de Estado que se le atravesó en su intentona, anuló el nombramiento de varios de los expertos comisionados que hacen parte de la misma, quedándole servida en bandeja de plata al Presidente Petro. Pero, increíblemente, en lugar de integrarla nombrando en propiedad a sus reemplazos optó por designarlos en encargo, con lo que la Comisión entró en interinidad, perdiendo de paso la autonomía que le reconoce la Ley, luego se daría una especie de apagón regulatorio debido a que carecía de quorum reglamentario para tomar decisiones y así entramos en un limbo prolongado perdiendo un tiempo precioso en el cumplimiento de sus funciones y competencias . 

Inaudito, después que se quiso intervenir a la CREG y se intentó sin éxito, ahora que por un hecho fortuito quedaba en sus manos, el Gobierno no supo qué hacer con ella. Esta situación se prolonga, porque de los 6 expertos comisionados sólo se han nombrado 4 y sólo uno de ellos en propiedad (¡!) . Entre tanto el año anterior el aumento de la tarifa de la energía, una vez más, superó el 20%, más del doble del IPC, que registró el 9.28% (¡!).

 

EL DESAGUISADO DE UNA RESOLUCIÓN
En medio de este zambapalo, el 13 de junio de 2023 la CREG expide la Resolución 101018, dizque para controlar las ofertas de precios de los generadores mediante “un esquema de vigilancia que permitiera detectar el posible ejercicio de poder de mercado”, al que el Superintendente la atribuía la escalada alcista de los precios de la energía en Bolsa y de la  tarifa de energía a los usuarios finales. Y si ello venía dándose, no se entiende por qué no se apeló al artículo 126 de la Ley 142 de 1994 de servicios públicos, el cual prevé que las fórmulas tarifarias “excepcionalmente podrán modificarse en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, cuando sea evidente que se cometieron graves errores en su cálculo, se lesionan injustamente los intereses de los usuarios o de la empresa”. Sin embargo con esta Resolución, como diría el poeta, todo pasó sin que pasara nada!

En el mes de julio del año anterior se produjo el relevo en el Ministerio de Minas y Energía y asumió Andrés Camacho, quien con las mismas razones que se esgrimieron para expedir la Resolución anterior y se amagaba con meterle la mano a la formación del precio, se procedió a intervenir el mercado mayorista de energía, luego que los precios en Bolsa se elevaron escandalosamente, superando el precio de escasez, trepándose por encima de los $1.500 el KWH . Con tal fin, al cierre del año anterior, se expidió la Resolución a través de la cual se estableció un tope de $532 el KWH al precio en Bolsa, cambiando las leyes del mercado por unas “reglas transitorias” que, a la postre en lugar de beneficiar al usuario final lo perjudica. 

Se trata, como lo afirma la Directora ejecutiva de Asociación de grandes consumidores de energía ASOENERGÍA Sandra Fonseca “de una intervención híbrida al precio de Bolsa, que mezcla un esquema marginal para plantas variables (hidro, solar y eólicas) y uno de costos (térmicas). Que, a propósito de estas últimas, al fijar el precio en Bolsa de $532 por KWH, se asume por parte de la CREG que, como lo acota el Director ejecutivo de la Asociación Nacional de empresas generadoras (ANDEG) Alejandro Castañeda, “el precio de generación con gas natural nacional, el cual sólo representa el 3% de la energía en firme del país, dejando al 70% de las plantas térmicas subremuneradas, sin posibilidad de recuperar el capital invertido y sin rentabilidad”, atentando contra uno de los principios rectores de esta actividad, según lo reconoce la Ley de servicios públicos, el de las suficiencia financiera, que va de la mano con el de los costos eficientes. 

Y ello en momentos en los que, merced al fenómeno de El Niño el parque de generación térmica ha pasado de un 15%, en promedio, de participación en la generación de electricidad en condiciones normales, al 45% y de contera en vísperas de la apertura de una nueva subasta de expansión de Cargo por confiabilidad, pues esta es una pésima señal para los eventuales inversionistas, generando un riesgo de desabastecimiento de energía en el mediano y largo plazo, estropeando de refilón la Transición energética, que, dada la intermitencia de le energía eólica y la solar – fotovoltaica, no es viable si no se cuenta con el respaldo de la energía térmica y la hídrica, de las cuales no se podrá prescindir a la bulla de los cocos. 

LOS USUARIOS SERÁN LOS PAGANINES
Según el Ministro Camacho, “ninguna de las medidas tomadas va a afectar negativamente las tarifas de energía. Nosotros venimos, desde que arrancó el Gobierno, con el propósito de bajar las tarifas de energía y todas las medidas que estamos tomando buscan cumplir ese propósito” . Y añadió, “la medida que se está adoptando tiene unas condiciones que buscan aplicar en uno de los segmentos de la cadena que es la generación” . Él está pensando con el deseo. El quid del asunto está en que la adopción de tales condiciones “que busca aplicar en uno de los segmentos de la cadena”, terminan por afectar a los otros segmentos de la misma cadena y al final no sólo puede hacer nugatorio lo que se propone sino que lo puede tornar contraproducente. Y este es el caso.

De aplicarse la disposición prevista en esta Resolución que le establece un techo al precio en Bolsa, este sólo impacta, en promedio, al 20% de la energía transada, lo cual limita su efecto, traduciéndose en una reducción en uno de los cargos de la fórmula tarifaria, el de la generación (G), que podría representar una baja entre $60 y $100 el KWH. Pero, concomitantemente, como lo afirma el Director ejecutivo de Óptima consultores Alejandro Lucio, “la resolución de intervención pone a cargo de la demanda, a través del componente de restricciones, el diferencial entre el costo de la generación térmica y el nuevo precio de bolsa intervenido. Este costo sin duda debe ser reconocido, pero claramente asociado al componente que lo genera, no ahondando la bolsa de costos escondidos inherente a este componente tarifario” . Ello se traducirá en un incremento en la tarifa al usuario final de $350 por KWH, aproximadamente, a través del cargo por restricciones (R) de la fórmula tarifaria. Si descontamos de este la disminución en el cargo por generación (G), el saldo neto en contra del usuario un incremento entre el 25% y el 30% en su factura de electricidad.
Por lo demás, como lo acota el experto Alejandro Lucio, la cifra de $530 por KWH, que sale del magín de la CREG, es “un valor completamente arbitrario. En esencia, se les limita su margen (a las hídricas), pero no se les acaba. Percibir ese valor puede ser un costo de oportunidad, pero no dejan de percibir rentas interesantes cuando venden su energía” . Y para rematar “además, y acá está la paradoja, se les está techando el precio que deben pagar por aquella generación que no puedan producir, justo cuando no la van a producir. Al final se les hace un favor”  al generador hídrico a expensas de los usuarios, que es al que, según el Ministro Camacho, se busca proteger de los abusos de posición dominante en que incurran los generadores.

A todas las críticas que desde distintos flancos le han llovido a la Resolución de marras, el Ministro Camacho se ha limitado a afirmar, pero sin ningún sustento técnico, que “los impactos que esto pueda tener en otros segmentos, como en las restricciones o en la comercialización y distribución, los estamos evaluando y tomando medidas para cumplir el propósito de bajar tarifas” . Y repite la cantinela  de que “todas las medidas están orientadas a bajar las tarifas y tener costos eficientes y justos para la gente” . Pero los hechos son tozudos, como lo sostiene la Directora ejecutiva de ASOENERGÍA, “la gran mayoría de los colombianos podrían estar pagando alrededor de 2,4 billones de pesos más en sus facturas de energía entre enero y abril del 2024 en caso de materializarse el proyecto de resolución” . 

ESTÁN EN JUEGO LA CONFIABILIDAD Y FIRMEZA DEL SIN
Esta medida, de aplicarse tal cual como está proyectada, agudizaría la tendencia inercial al alza de la tarifa de energía y de paso acarreará, como lo sostiene el experto Alejandro Lucio, “mayores costos por confiabilidad, asumiendo que esos requerimientos de firmeza se consigan completar en la próxima subasta de cargo por confiabilidad (si es que ante esta intervención algún inversionista de un proyecto térmico se anima a participar en la misma) o en el peor de los casos, un no muy lejano déficit de energía firme que en el próxima sequía, y por qué no en la que estamos viviendo, nos lleve al apagón” . 

Esta alza en la tarifa de energía se vendría a añadir a la que se derivará del cobro a partir de la factura de enero de este año, como lo dispuso la Resolución 101 029 del 24 de noviembre de 2023 expedida por la CREG, de la deuda, con sus intereses causados, que por concepto de la opción tarifaria tienen todos los usuarios con las empresas prestadoras del servicio de energía que, como es bien sabido sobrepasa la suma de los $5 billones, cuyo impago las había puesto en calzas prietas, al punto que el Gobierno tuvo que abrirles un crédito en FINDETER para solventarlas y evitar así un apagón financiero de las mismas . Esta es la cereza del pastel envenenado de la espiral alcista de las tarifas de energía, la cual tiene su principal catalizador en el déficit en la oferta de energía, debido al atraso y al aplazamiento de importantes proyectos, tanto de generación como de transmisión, con un margen de maniobra que no supera el 5%, manteniendo al Sistema interconectado nacional (SIN) en el máximo grado de stress 

 

 

 

Amylkar Acosta Medina

Amylkar David Acosta Medina1​ ( Monguí, La Guajira 1950) es un economista y político colombiano miembro del Partido Liberal. Se desempeñó como senador de la República2​ y entre 1997 y 1998 fue presidente del Senado. En el gobierno de Juan Manuel Santos fue ministro de Minas y Energía.